CONDICIONES DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SOLICITUD DE DENOMINACIÓN SOCIAL
Estas condiciones regulan la prestación del servicio de revisión, preparación, solicitud y entrega del certificado de denominación social solicitado a través de https://solicitardenominacionsocial.es/.
El servicio es privado y consiste en gestionar la solicitud de una denominación social ante el Registro Mercantil Central, conforme a los datos y nombres facilitados por el cliente.
La aceptación de estas condiciones se realiza mediante aceptación electrónica en formulario, envío de datos, pago del servicio o cualquier otra actuación inequívoca de contratación.
Importante: el servicio no garantiza que el Registro Mercantil Central conceda una denominación concreta. La concesión depende de la calificación del Registro, de la disponibilidad del nombre solicitado y de los criterios aplicables en cada caso.
- Identificación del prestador
PRODUCTOS SOCIETARIO, S.L.
NIF: B66602574
Web: https://solicitardenominacionsocial.es/
Servicio privado de solicitud online de denominación social para constitución de sociedades o cambio de denominación de sociedades ya constituidas.
Cuenta bancaria para pagos:
IBAN: ES36 0128 0504 8001 0007 8636
Concepto recomendado: Solicitud de denominacion social
- Objeto del encargo
El objeto del encargo es la prestación del servicio de revisión básica, preparación, solicitud y entrega del certificado de denominación social, cuando el Registro Mercantil Central conceda alguna de las denominaciones solicitadas.
El cliente podrá solicitar la denominación social para:
a) Constituir una nueva sociedad.
b) Cambiar la denominación de una sociedad ya existente.
En caso de constitución de una nueva sociedad, el cliente deberá facilitar los datos de la persona solicitante o de uno de los socios que vaya a participar en la constitución.
En caso de cambio de denominación de una sociedad ya constituida, el cliente deberá facilitar el nombre completo actual de la sociedad junto con su forma jurídica, por ejemplo Business Kapital S.L.
- Alcance del servicio
El servicio incluye:
a) Recepción de los datos facilitados por el cliente.
b) Revisión básica de las opciones de denominación aportadas.
c) Preparación de la solicitud de denominación social.
d) Presentación de la solicitud ante el Registro Mercantil Central.
e) Seguimiento básico de la solicitud.
f) Entrega del certificado en formato PDF si el Registro Mercantil Central concede la denominación.
g) Comunicación al cliente del resultado recibido.
El servicio no incluye asesoramiento jurídico, mercantil, fiscal, contable, laboral o de marca más allá de la gestión concreta de solicitud de denominación social, salvo que se pacte expresamente por escrito.
El servicio tampoco incluye el registro de marca, la reserva de dominio web, la constitución completa de la sociedad, la redacción de estatutos, la firma notarial ni la inscripción registral posterior, salvo contratación independiente.
- Plazo estimado de entrega
El plazo habitual de entrega es de 24 a 48 horas laborables desde que el cliente haya facilitado correctamente todos los datos necesarios y se haya confirmado el pago del servicio.
No se incluyen sábados, domingos, festivos nacionales, festivos autonómicos, festivos locales ni días inhábiles del Registro o de la Administración correspondiente.
El plazo puede verse afectado por incidencias técnicas, falta de datos, errores en la información facilitada, denegación de denominaciones, retrasos del Registro Mercantil Central o circunstancias ajenas al prestador.
- Entrega del certificado
Si el Registro Mercantil Central concede una denominación, el certificado se entregará al cliente en formato PDF por correo electrónico, formulario, WhatsApp u otro medio electrónico facilitado por el cliente.
El cliente es responsable de conservar el certificado y utilizarlo dentro de los plazos que correspondan para la constitución de la sociedad o el cambio de denominación.
- Obligaciones del cliente
El cliente se obliga a:
a) Facilitar datos veraces, completos y actualizados.
b) Revisar correctamente los nombres antes de enviarlos.
c) Indicar hasta cinco denominaciones por orden de preferencia.
d) No incluir la forma jurídica en los nombres si así se le indica, por ejemplo S.L., S.L.U. o Sociedad Limitada.
e) Comunicar si se trata de una constitución nueva o de un cambio de denominación de sociedad ya existente.
f) Aportar el justificante de pago cuando se le solicite.
g) Atender cualquier aclaración necesaria para completar la solicitud.
h) Comprobar que el certificado recibido se corresponde con el encargo realizado.
El cliente declara que los datos y documentos aportados son lícitos, veraces y que cuenta con autorización suficiente para entregarlos.
- Recomendaciones sobre los nombres
Se recomienda facilitar cinco nombres por orden de preferencia, desde el que más interese hasta el que menos.
Las dos primeras opciones deberían ser las denominaciones prioritarias. Las tres restantes deberían ser alternativas reales y suficientemente diferenciadas, incorporando, si procede, fechas, números o términos empresariales como Business, Corporate, Market, Group, Capital o Partners.
Se recomienda utilizar nombres de dos o tres palabras, ya que los nombres demasiado simples, genéricos o parecidos a denominaciones existentes pueden ser denegados.
El prestador podrá advertir al cliente si detecta nombres claramente débiles, genéricos o poco diferenciados, pero esta revisión no garantiza la concesión final.
- Honorarios del servicio
El precio del servicio es de 242 euros, IVA incluido.
Este importe corresponde a la revisión básica, preparación, solicitud, seguimiento y entrega del certificado en PDF si la denominación resulta concedida.
El pago se realiza por adelantado mediante tarjeta, transferencia bancaria u otro medio habilitado en la web o comunicado por el prestador.
No existen honorarios de éxito ni porcentajes adicionales vinculados al resultado del trámite.
- Denegación de la denominación
El cliente conoce y acepta que el Registro Mercantil Central puede denegar una, varias o todas las denominaciones solicitadas.
La denegación de las denominaciones no implica por sí sola incumplimiento del prestador, siempre que la solicitud haya sido tramitada conforme a los datos facilitados por el cliente.
El importe abonado remunera el trabajo de revisión, preparación, presentación y seguimiento de la solicitud, con independencia de que el Registro conceda o deniegue las denominaciones.
Si todas las denominaciones fueran denegadas, las partes podrán acordar una nueva solicitud o una nueva gestión, en las condiciones económicas que se indiquen en ese momento.
- Facturación
El prestador podrá emitir la factura correspondiente al servicio contratado por el importe de 242 euros, IVA incluido, a nombre del cliente o de la persona o entidad que haya facilitado los datos de facturación.
El cliente deberá facilitar correctamente los datos fiscales necesarios para la emisión de la factura.
- Suspensión o imposibilidad de prestar el servicio
El prestador podrá suspender o no iniciar la gestión si:
a) No se ha recibido el pago.
b) Los datos facilitados son incompletos o contradictorios.
c) No se puede identificar correctamente al solicitante.
d) El cliente no atiende las aclaraciones necesarias.
e) El encargo presenta circunstancias que impidan o desaconsejen razonablemente la solicitud.
En estos casos, el prestador informará al cliente para intentar subsanar la incidencia cuando sea posible.
- No garantía de concesión
El cliente declara conocer que la concesión de la denominación social depende exclusivamente del Registro Mercantil Central.
El prestador no garantiza la aprobación de ninguna denominación concreta, ni que el nombre elegido pueda utilizarse como marca, nombre comercial, dominio web o identidad comercial protegida.
El certificado de denominación social no sustituye el registro de marca ni otros trámites mercantiles, notariales, fiscales o registrales que puedan ser necesarios.
- Comunicaciones electrónicas
El cliente acepta que las comunicaciones relativas al servicio puedan realizarse por correo electrónico, teléfono, WhatsApp, formularios online o medios electrónicos equivalentes.
Las comunicaciones enviadas a los datos facilitados por el cliente se considerarán válidas salvo que el cliente haya comunicado formalmente un cambio.
- Confidencialidad
El prestador tratará la documentación e información del cliente con carácter confidencial y únicamente para la finalidad del encargo, salvo obligación legal, requerimiento de autoridad competente o necesidad de intervención de colaboradores técnicos vinculados a la gestión.
- Protección de datos
Los datos personales facilitados serán tratados para gestionar la relación contractual, tramitar la solicitud de denominación social, realizar comunicaciones con el cliente, emitir facturas y cumplir obligaciones legales.
Cuando resulte necesario comunicar datos al Registro Mercantil Central, profesionales, proveedores tecnológicos o colaboradores técnicos, dicha comunicación se realizará únicamente en la medida necesaria para la gestión del encargo.
- Ley aplicable y jurisdicción
Estas condiciones se rigen por la legislación española.
Para cualquier controversia, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Barcelona, salvo que una norma imperativa establezca otro fuero.
Última actualización: 24/06/2026
URL recomendada: https://solicitardenominacionsocial.es/condiciones-de-contratacion/
Estas condiciones deben complementarse con la política de privacidad, el aviso legal y, cuando proceda, la hoja de encargo o justificante de contratación aceptado por el cliente.